RECURSO DE PROTECCIÓN

El recurso de protección es una acción constitucional que pueden ejercer todas las personas como consecuencia de actos u omisiones arbitrarias o ilegales que vulneren sus derechos y garantías constitucionales.

La  omisión en el pronunciamiento sobre cualquier solicitud de visa por un lapso mayor a 6  meses establece una falta a la Ley 19.880 que establece los plazos de las instituciones del Estado para brindar respuesta, el recurso de protección es la vía para demandar esta omisión.  

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PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

En la corte de apelaciones que corresponde a su domicilio.

 

No. Todas las resoluciones decisorias del Servicio Nacional de Migraciones deben ser fundadas, brindando un motivo real y demostrable.

Si, toda solicitud que tenga más de 6 meses sin respuesta es viable para optar a un recurso de protección.

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